Desde Inmobiliaria Garsan, queremos ayudaros a que conozcáis cuales son las novedades en la declaración de la renta del ejercicio 2018:

  • Umbral para realizar la Renta

Cuando existan 2 pagadores con una retribución inferior a 12.643 € no es obligatorio declarar. (El nuevo umbral es de 14.000 € anuales, pero sólo aplica desde el 5 de julio, por lo que para este año aún se manejan los 12.643 € mencionados antes).

Cuando exista un único pagador el umbral se mantiene en 22.000 €.

 

  • Reducciones por Rendimiento de Trabajo

La reducción asciende a 5.565 € (antes 3.700€) para quienes ingresan menos de 13.115 euros brutos anuales.

Para quienes ganan entre 13.115 y 16.825 €, la reducción será una cantidad proporcional a esta cifra (5.565 €) menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre los rendimientos del trabajo.

Esta reducción solo tiene efecto a partir del 5 de julio de 2018, por lo que la cantidad final se verá reducida en función de una serie de ajustes.

 

  • Maternidad / Paternidad

Los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018 están exentos del pago de IRPF desde el pasado Octubre (La Administración también está obligada a devolver a madres y padres las retenciones desde 2014, previo tramite con la Agencia Tributaria).

Se podrán deducir 1.000 euros por cada hijo menor de 3 años, acreditando gastos en alimentación, inscripción y matricula de guardería, (cantidad adicional a los 1200 € anuales que ya estaban en vigor.)

 

  • Inversión en Emprendedores

Al Invertir en nuevas Empresas se podrá deducir un 30% de los importes, con un máximo de 60.000 €. (hasta ahora era el 20% del importe con un máximo de 50.000 €).

 

  • Ceuta y Melilla

Las rentas en Ceuta y Melilla disfrutan de una deducción del 60% (hasta ahora era del 50%).

 

  • Familia Numerosa

Aumenta la deducción por familia numerosa hasta los 600 € anuales (50 €/Mes) por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial.

En el ejercicio de 2018 solo aplicará de agosto a diciembre, por lo que la deducción máxima este año será de 250 €.

 

  • Discapacidad del Cónyuge

Si existe a cargo un cónyuge con discapacidad se establece una deducción de 1200 € anuales (100 €/Mes).

En el ejercicio de 2018 solo aplicará de agosto a diciembre, por lo que la deducción máxima este año será de 500 €.

 

  • Familiares Residentes Comunidad Europea

Los contribuyentes que tengan al resto de la unidad familiar en alguno de los 28 países miembros de la Unión Europea o de los 31 estados del Espacio Económico Europeo (los de la UE más Islandia, Noruega y Liechtenstein), podrán hacer la declaración familiar conjunta, de manera que la cuota se equipare a la que tendrían si todos residieran en España.

 

  • Predeclaración en Papel

Se suprime la posibilidad de solicitar la «predeclaración» de la renta en papel. No obstante, el contribuyente podrá imprimir la vista previa de su borrador si quiere comprobarlo en papel.

 

  • Premios en Lotería

El mínimo exento asciende en 2018 hasta los primeros 10.000 euros.

Está previsto que la cantidad aumente hasta 20.000 € en 2019 y que llegue hasta los 40.000 € en 2020.